Cambios en obras sociales
Afectación a las Obras sociales y vigencia del pmo
El impacto del Decreto de Desregularización de Milei en las obras sociales y la vigencia del PMO (Programa Médico Obligatorio) se puede explicar de la siguiente manera:
ANTES: Las obras sociales, bajo leyes como la Ley N° 23.660, eran consideradas agentes del seguro de salud, sujetas a regulaciones específicas. Por ejemplo, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) tenía funciones de control y fiscalización sobre ellas. Las obras sociales debían cumplir con obligaciones de informar y recibir aprobación sobre memorias anuales y balances, y en casos de irregularidades, podían ser intervenidas por el Poder Ejecutivo Nacional. Además, se requería que depositaran sus fondos en bancos y los destinaran exclusivamente a prestaciones de salud y gastos administrativos. En la vida cotidiana, esto significaba que los trabajadores y jubilados, entre otros, dependían de estas obras sociales para acceder a servicios de salud bajo el PMO.
AHORA: Con el decreto, se han realizado varios cambios significativos:
- Se derogó el artículo 42 de la Ley N° 23.660 y se modificaron varios artículos de la misma ley y de la Ley N° 23.661.
- Las obras sociales siguen siendo agentes del seguro de salud, pero ahora se les permite más autonomía en su administración y gobierno.
- Se estableció que los recursos de las obras sociales deben destinarse prioritariamente a prestaciones de salud, pero también pueden ofrecer otras prestaciones sociales.
- Las entidades deben presentar documentación anual ante la SSS, incluyendo programas de prestaciones médico-asistenciales y presupuestos.
- Se modificó la regulación sobre los fondos de las obras sociales, manteniendo la obligación de depositarlos en bancos y usarlos para prestaciones y gastos administrativos【7†source】【8†source】【9†source】【10†source】【11†source】【12†source】【13†source】【14†source】【15†source】【16†source】【17†source】【18†source】【19†source】【20†source】【21†source】【22†source】【23†source】.
¿POR QUÉ? El objetivo de estos cambios parece ser otorgar mayor flexibilidad y autonomía a las obras sociales, lo que podría traducirse en una gestión más eficiente y adaptada a las necesidades específicas de cada entidad. Esto podría beneficiar a los usuarios al permitir que las obras sociales ofrezcan servicios más personalizados y eficientes. Además, al mantenerse la obligación de destinar los recursos principalmente a prestaciones de salud, se busca asegurar que la calidad y cobertura de los servicios de salud no se vean comprometidas. En términos económicos, estas medidas podrían llevar a una mejor utilización de los recursos y, posiblemente, a una reducción de costos operativos, beneficiando tanto a las obras sociales como a sus beneficiarios.